La Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas, hoy martes, rechazó la apelación presentada por Bahréin, Egipto, el Reino de Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos, en julio de 2018, contra la decisión de la Organización de Aviación Civil Internacional, según la cual los cuatro países se opusieron a la competencia de OCAI para pronunciarse en la disputa. Las sanciones se impusieron en represalia por el presunto apoyo de Qatar a grupos que las naciones demandantes ven como organizaciones terroristas, lo que, alegan, viola los acuerdos destinados a mejorar las relaciones diplomáticas en la región.
El fallo allana el camino para que la Organización de Aviación Civil Internacional pueda juzgar la solicitud de Qatar, que presentó el 30 de octubre de 2017, a la OACI en la que afirmó que las restricciones de vuelo adoptadas por Bahréin, Egipto y los Emiratos Árabes Unidos habían violado sus obligaciones en virtud del Acuerdo de tránsito de tránsito para servicios aéreos Internacional.
El Tribunal señala que el Artículo Dos, Sección Dos del Acuerdo de Tránsito de Tránsito para Servicios Aéreos Internacionales establece que el Consejo de la OACI decida "cualquier disputa entre dos o más Estados contratantes con respecto a la interpretación o aplicación de este Acuerdo" en caso de que no se resuelva la disputa mediante negociación.
El 5 de junio de 2017, los gobiernos de Bahréin, Egipto, los Emiratos Árabes Unidos y el Reino de Arabia Saudita anunciaron la ruptura de las relaciones diplomáticos con Qatar y adoptaron una serie de medidas restrictivas relacionadas con los enlaces terrestres, marítimos y aéreos con Qatar, que incluían algunas restricciones a la aviación.